CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO.
Generales de la persona
trabajadora.
Nombre: Montero Olvera
Jacqueline.
Sexo: Femenino.
Edad: 17 años.
Profesión: Estudiante.
Domicilio: Cañón colorado #34
Nacionalidad: Mexicana.
Generales del contratante
patronal.
Nombre: Gómez Palacios
Arturo.
Sexo: Masculino.
Edad:
Profesión: Maestro.
Domicilio: Miguel Alemán #239
Nacionalidad: Mexicana.
Correo: Arturo Palacios
Nosotros: Arturo Palacios
Gómez y Jacqueline Montero Olvera de los generales de arriba indicados y
actuando en el carácter que aparece expresado, convenimos en celebrar el
presente contrato individual de trabajo sujeto a las especificaciones
siguientes:
a) Servicio a
prestar: El trabajador se obliga a
prestar sus servicios al patrón con: Portafolio de evidencias (libreta, sellos
y blog); Proyecto (producto de enseñanza); participación escrita y examen.
b) Duración del
contrato y tiempo de servicio: El
presente contrato se celebra por: un semestre (6 meses) programado del periodo
febrero-Julio del año en curso.
A partir de:
05 de febrero de 2019. Fecha desde la cual la persona trabajadora presta
servicios al patrón sin que la relación laboral se haya disuelto.
c) Lugar de
prestación de servicios y alojamientos: El
lugar de prestación de los servicios será: Centro de Bachilleratos Tecnológico,
Industrial y de Servicios.
d) Horario de
trabajo: lunes de 4:00-6:00 pm; martes
de 6:00-8:00 pm; miércoles de 4:00-7:00 pm; jueves de 6:00-8:45 pm y viernes de
4:00-6:00 pm. Únicamente podrán ejecutarse trabajos extraordinarios cuando sean
pactados en común acuerdo entre el patrón o representante legal y la persona
trabajadora.
e) Salario,
forma, periodo y lugar de pago: El
salario que recibirá la persona trabajadora por sus servicios será la suma de
10 puntos por la unidad de tiempo de cada 2 meses a lo largo del semestre.
Dicho pago se hará de la siguiente manera: Portafolio de evidencias-4%,
Proyecto-3%, parte escrita-2% y examen-1%. El pago continuará sin interrupción
a más tardar a la terminación de cada jornada laboral y si hay algún
inconveniente se deberá arreglar en los próximos 3 días hábiles.
OTRAS
ESTIPULACIONES
En el
presente contrato individual de trabajo se entenderán, incluidos según el caso,
los derechos y deberes laborales establecidos por las leyes y reglamentos. Este
contrato sustituye cualquier otro convenio individual de trabajo anterior, ya
sea escrito o verbal, que haya estado vigente entre el patrón y la persona
trabajadora, pero no altera en manera alguna los derechos y prerrogativas del trabajador
que emanen de su antigüedad en el servicio, ni se entenderá como negativa de
mejores condiciones concedidas a la persona trabajadora en el contrato anterior
y que no consiste en el presente.
En fe de lo
cual firmamos el presente documento por triplicado en Jalapa a los días 06 del
mes de febrero de 2019.
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Patrón o representante Trabajador (a)
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